Claustro de Profesores

Convocatorias, sesiones y acuerdos

El Claustro de Profesorado es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro, que tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y, en su caso, decidir o informar sobre todos los aspectos educativos del mismo, de conformidad con lo establecido en la Legislación vigente, pero consideramos fundamental las relaciones que se establezcan en el mismo así como que dicha participación sea real y activa. Para ello la información será lo más exhaustiva posible. Al principio de curso en la planificación anual se establecerán una planificación de los mismos de forma orientativa para todo el curso.

El Claustro de Profesorado será presidido por el director o directora del centro y

estará integrado por la totalidad de los maestros y maestras que presten servicios en el Centro Concertado “Las Marismas”.

Ejercerá la secretaría del Claustro de Profesorado el secretario o secretaria del centro.

El Claustro de profesorado de nuestro centro tendrá las siguientes competencias:

  •  Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Plan de Centro.
  •  Aprobar y evaluar los proyectos curriculares  y los aspectos docentes conforme al Proyecto de centro y al Plan anual del mismo.
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, la tutoría,  la evaluación y  la recuperación del alumnado.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  • Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro.
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y  recuperación de los alumnos/as.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  • Informar el reglamento de organización y funcionamiento del centro.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

Convocatorias, sesiones y acuerdos

Las reuniones del Claustro se celebraran en el día y horario de exclusiva de forma que la asistencia de todos sus miembros ha de estar asegurada. En las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Claustro de Profesorado, por orden del director o directora, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de cuatro días y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas incluidos en él. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

El Claustro de Profesorado será convocado por acuerdo del director o directora, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros. La asistencia a las sesiones del Claustro de Profesorado será obligatoria para todos sus miembros, considerándose la falta injustificada a los mismos como un incumplimiento del horario laboral.

No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del Claustro y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.

Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de votos, salvo para los casos en los que la normativa vigente estime necesaria otro tipo de mayoría. Dirimirá los empates el voto del Presidente en las votaciones ordinarias y nominales.

Las votaciones podrán ser:

  • Ordinarias: Se llevarán a cabo a mano alzada y se harán en aquellos acuerdos en los que ningún miembro pida expresamente otro tipo de votación.
  • Secretas: Son las que se realizarán con papeleta que cada miembro va depositando en una urna o recipiente. Las votaciones habrán de ser secretas cuando se refieran a asuntos personales de los miembros del Consejo, del prestigio de los mismos o cuando lo solicite alguno/a de ellos.

De cada sesión que se celebre, se levantará acta por el/la Secretario/a, que especificará necesariamente los ausentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos tomados.

En el acta figurará, a petición del quien lo solicitare, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que la justifiquen o el sentido de su voto favorable. Asimismo, cualquier miembro tiene derecho a solicitar la trascripción íntegra de su intervención o propuesta, siempre que aporte en el acto, o en el plazo que señale el Presidente, máximo de 48 horas, el texto que se corresponda fielmente con su intervención, haciéndose así constar en el acta o uniéndose copia a la misma.

Las actas se aprobarán en la siguiente sesión ordinaria. La no aprobación del acta por alguno de los miembros del Claustro exigirá la explicación de los motivos que así lo justifiquen.

Las actas del Claustro serán públicas para el profesorado, estando a su disposición en la secretaría del Centro.

La dinámica de las sesiones será la siguiente:

  • Exposición del punto a tratar, por quien corresponda.
  • Turno abierto: intervendrán los que así lo manifiesten antes de abrir el turno.
  • Turno de réplica (igual punto anterior)
  • Intervención por alusiones: se concederá sólo en caso de que la misma haya sido directa a otro miembro del Órgano Colegiado.

Composición

El Claustro estará integrado por la totalidad del Profesorado, así como la orientadora de Infantil y Primaria. Todos tendrán voz y voto en el seno del Claustro.

Corresponde al Presidente

  • Ostentar la representación del Claustro de Profesores.
  • Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas al menos con 48 horas de antelación.
  • Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas.
  • Dirimir con su voto los empates.
  • Asegurar el cumplimiento de las leyes.
  • Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del Claustro.
  • Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente del Claustro.
  • En caso de ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el Jefe de Estudios y en caso de ausencia de éste por el miembro del Claustro de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes.

Corresponde a los Vocales

  • Recibir, con una antelación mínima de 48 horas, la convocatoria conteniendo el orden del día de las reuniones. La información que figure en el orden del día estará a disposición de los miembros en igual plazo, en la secretaría del Centro.
  • Participar en los debates de las sesiones.
  • Ejercer su derecho al voto y ejercer su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican.
  • Formular ruegos y preguntas cuando en el Orden del Día figure este punto.
  • Obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas.
  • Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición.

Corresponde al Secretario/a

  •  Asistir a las sesiones con voz y voto, ya que es profesor .
  • Efectuar la convocatoria de las sesiones del Claustro por orden de su Presidente, así como las citaciones a los miembros del mismo.
  • Recibir los actos de comunicación de los miembros del Claustro y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquier otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.
  • Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones.
  • Expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados.
  • Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario.

En caso de ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Secretario será sustituido por el miembro del Claustro más joven, presente en la sesión.